BOLSA DE TRABAJO. URLANA SOCIEDAD ANONIMA. APLITEX. ARAZA SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 17/12/1968
Publicación: 20/12/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1968
  •    Página: 2942
Ver vigencia:
      Decreto Ley Nº 14.169 de 12/03/1974 artículo 1,
      Ley Nº 14.094 de 06/11/1972 artículo 1,
      Ley Nº 13.869 de 07/07/1970 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Cuando las empresas mencionadas en el artículo 2o. de la presente ley,
incorporen trabajadores en violaciones de lo dispuesto por dicho 
artículo, deberán verter al Fondo del Seguro de Paro una suma equivalente
a dos veces el sueldo o salario mensual de ese trabajador, acuerdo a los
laudos y/o convenios en vigencia.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10.
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