CREACION DEL SEGURO DE ENFERMEDAD, INVALIDEZ, ASISTENCIA, PRESTACIONES MEDICAS Y FARMACEUTICAS. TRABAJADORES DE LA BEBIDA




Promulgación: 27/05/1971
Publicación: 02/06/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1971
  •    Página: 1006
Ver vigencia:
      Decreto Nº 7/976 de 08/01/1976 artículo 1,
      Decreto Ley Nº 14.407 de 22/07/1975 artículo 7.
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Créase el Seguro de Enfermedad, Invalidez Asistencia y demás
prestaciones médicas y farmacéuticas para los trabajadores de la bebida.
   Sus beneficiarios serán los siguientes:

   Los trabajadores y trabajadoras incluídos en los Consejos de Salarios
y/o Convenios Colectivos comprendidos en el Grupo 19, que desarrollen
tareas en bodegas, fábricas de bebidas, licores y establecimientos de
bebidas sin alcohol, fábricas de soda, fábricas de cerveza, sidrerías,
establecimientos productores de agua de mesa (minerales o no), fábricas
de vinagres, malterías, cuyos establecimientos se hallen instalados en el
territorio nacional.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.

PACHECO ARECO - JORGE SAPELLI - CARLOS M. FLEITAS -  WALTER RAVENNA -
ANGEL RATH
Ayuda