Créase el Seguro de Enfermedad, Invalidez Asistencia y demás
prestaciones médicas y farmacéuticas para los trabajadores de la bebida.
Sus beneficiarios serán los siguientes:
Los trabajadores y trabajadoras incluídos en los Consejos de Salarios
y/o Convenios Colectivos comprendidos en el Grupo 19, que desarrollen
tareas en bodegas, fábricas de bebidas, licores y establecimientos de
bebidas sin alcohol, fábricas de soda, fábricas de cerveza, sidrerías,
establecimientos productores de agua de mesa (minerales o no), fábricas
de vinagres, malterías, cuyos establecimientos se hallen instalados en el
territorio nacional.