Los que no pagaron las sumas a que están obligados en el tiempo y
forma establecidos, sufrirán, sin necesidad de intimación previa, la imposición de los intereses y recargos que rigen en relación a los
atrasos de las contribuciones por asignaciones familiares. Producida la demora en el pago de los aportes, la Caja Departamental de Asignaciones Familiares correspondiente podrá iniciar acción judicial, debiendo interponerla indefectiblemente transcurrido el plazo de seis meses.