Ver vigencia: Decreto Nº 7/976 de 08/01/1976 artículo 1, Decreto Ley Nº 14.407 de 22/07/1975 artículo 7.
Financiación
El Consejo Central de Asignaciones Familiares presentará anualmente al Poder Ejecutivo y a la Asamblea General, con el visto bueno de la Inspección General de Hacienda, un estado económico social y financiero del servicio a su cargo.