TITULO VII - PROCEDIMIENTOS, CONTROLES Y SANCIONES
Artículo 68
Los recursos administrativos que se interpongan contra las resoluciones
que denieguen o eliminen los beneficios tributarios o de financiamiento
establecidos en los Capítulos I y II del Título V de esta ley, tendrán
efecto suspensivo. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 247/989 de 24/05/1989.