Reglamentada por: Decreto Nº 246/024 de 09/09/2024.
Ver: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 289 (excluye al personal de ASSE
de la obligación del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales prevista en esta ley).
Cuando el obrero o empleado trabaje en su domicilio o fuera de él, para
varios patronos, a los efectos de determinar el salario básico para la
liquidación de las indemnizaciones o rentas, se tendrán en cuenta todos
los ingresos que obtenga por aquel concepto.
Este régimen se aplicará también en el caso de que realice más de una
actividad para un mismo patrono.