Reglamentada por: Decreto Nº 246/024 de 09/09/2024.
Ver: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 289 (excluye al personal de ASSE
de la obligación del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales prevista en esta ley).
En todos los casos el Asesor Letrado de la Inspección General del
Trabajo y la Seguridad Social o los Fiscales Letrados Departamentales,
según corresponda, podrán solicitar del Banco los antecedentes que juzguen
necesarios y controlar la determinación y cumplimiento de las
indemnizaciones.