PRECIOS - POSTALES CONMEMORATIVAS




Promulgación: 26/10/1989
Publicación: 09/11/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 573

Artículo 3

   El producido de la venta de dichas emisiones postales, deducido el
valor facial que constituirá un ingreso ordinario de la Dirección Nacional
 de Correos, será destinado al financiamiento de la Exposición Filatélica
Internacional Uruguay'92. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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