SEGURIDAD SOCIAL. APORTE RURAL AL SEGURO SOCIAL DE ENFERMEDAD




Promulgación: 01/06/1993
Publicación: 10/06/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 503
Ver vigencia:
      Ley Nº 16.573 de 19/09/1994 artículo 1,
      Ley Nº 16.468 de 18/02/1994 artículo 1.

Artículo 1

    Suspéndese por el plazo de doscientos setenta días a partir del 1º de
enero de 1993, la vigencia de los artículos 339, 340, en lo que refiere al
aporte patronal rural al Seguro Social de Enfermedad, y 341 de la ley
16.320, de 1º de noviembre de 1992. (*)

Artículo 2

   Hasta el 27 de setiembre de 1993 inclusive, regirá lo dispuesto en las
leyes 15.852, de 24 de diciembre de 1986, y 15.953, de 6 de junio de 1988.

LACALLE HERRERA - ENRIQUE ALVARO CARBONE - IGNACIO DE POSADAS MONTERO -
PEDRO SARAVIA
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