CARTA ORGANICA DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY




Promulgación: 30/03/1995
Publicación: 17/04/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 337
Ver: Texto/imagen (Carta Orgánica).

CAPITULO IV - GOBIERNO, ADMINISTRACION Y CONTROL

Artículo 13

  (Reglamento).- El funcionamiento administrativo del Banco estará regido
por un Reglamento General, que será dictado por el Directorio, y abarcará
todos los aspectos relativos a la organización administrativa de la
institución y a sus atribuciones, así como a las diversas funciones y
deberes de los funcionarios de mayor jerarquía del Ente y de las
divisiones administrativas no especificadas en la presente ley. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.401 de 24/10/2008 artículo 5.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.696 de 30/03/1995 artículo 13.
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