(Economista Jefe).- Habrá un Economista Jefe designado por el Directorio, previo llamado público y abierto dirigido a personas que reúnan los requisitos del respectivo perfil que apruebe dicho órgano. El procedimiento de selección a determinarse por el Directorio deberá incluir la presentación de un proyecto de gestión por el período de duración de su mandato y una entrevista personal con el cuerpo. Actuará como asesor para la respectiva designación un comité de tres miembros integrado por profesionales de amplia formación académica, dilatada trayectoria y reconocido prestigio.
El Economista Jefe dependerá directamente del Directorio y durará seis
años en sus funciones, pudiendo ser reelecto hasta por tres años adicionales.
El Economista Jefe desempeñará las funciones de alta dirección respecto a la política monetaria, investigación económica, estabilidad
financiera y otras áreas de esa especialización profesional que le asigne el Directorio.
La designación y cese del Economista Jefe requerirá el voto conforme de la unanimidad de los miembros del Directorio. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 3.
Agregado/s por: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 691.