Fíjase el monto de la Asignación Familiar en un 16% (dieciséis por
ciento) del Salario Mínimo Nacional por cada beneficiario, siempre que el
atributario perciba ingresos que no superen el equivalente a seis Salarios
Mínimos Nacionales mensuales.
El monto de la Asignación Familiar será el 8% (ocho por ciento) del
Salario Mínimo Nacional por cada beneficiario para el caso que el
atributario perciba ingresos superiores a seis y hasta diez Salarios
Mínimos Nacionales mensuales. (*)