PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 5 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 206

   La administración del Instituto estará a cargo del Director Ejecutivo, quien deberá ser persona notoriamente versada en la materia.

   Será designado por el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de
Relaciones Exteriores y del Ministerio de Economía y Finanzas, y durará en sus funciones hasta que se formule nueva propuesta y designación. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 634.
Ver vigencia:
      Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3,
      Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 2.
Inciso 2º) redacción dada anteriormente por:
      Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 142,
      Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 357,
      Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 188.
Reglamentado por: Decreto Nº 214/996 de 12/06/1996.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 142, Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 357, Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 188, Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 206.
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