Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir y mantener un circulante total
de Bonos del Tesoro de hasta U$S 2.400.000.000 (dos mil cuatrocientos
millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en
otras monedas.
La emisión de Bonos del Tesoro que se efectúe por sobre los U$S
1.700.000.000 (mil setecientos millones de dólares de los Estados Unidos
de América) implicará una baja automática por un monto equivalente en el
tope de Letras de Tesorería a que refiere el artículo siguiente. (*)