LEY REGULADORA DEL MARCO ENERGETICO




Promulgación: 17/06/1997
Publicación: 27/06/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 1563
Reglamentada por: Decreto Nº 22/999 Derogada/o de 26/01/1999.
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - DEL SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD

Artículo 19

   El servicio público de electricidad es el suministro regular y
permanente de energía eléctrica para uso colectivo, efectuado mediante
redes de distribución, en una zona de servicio y destinada al consumo de
los suscriptores.
  La zona de servicio de distribución es el área geográfica en que la
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas actúa como
distribuidor, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto-ley Nº 14.694, de
1º de setiembre de 1977. (*)
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