BIENES DEL ESTADO - RECURSOS NATURALES




Promulgación: 20/11/1998
Publicación: 04/12/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1166
Reglamentada por: Decreto Nº 389/006 de 23/10/2006.

Artículo 11

La República ejerce derechos de soberanía sobre la plataforma
continental a los efectos de su exploración y de la explotación de sus
recursos naturales.
 Se entienden por recursos naturales de la plataforma continental los
recursos minerales y otros recursos no vivos del lecho del mar y de su
subsuelo, así como los organismos vivos pertenecientes a especies
sedentarias, es decir, aquellos que en el período de explotación están
inmóviles en el lecho del mar o en su subsuelo o sólo pueden moverse en
constante contacto físico con el lecho o el subsuelo.
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