CAPITULO IIMPUESTO A LAS TELECOMUNICACIONES
(Liquidación y pago).- El impuesto se liquidará y pagará mensualmente.
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 1. Reglamentado por: Decreto Nº 93/002 de 19/03/2002.