(Ambito de aplicación).- El régimen de subsidio por desempleo
establecido por el decreto-ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981,
comprenderá obligatoriamente a todos los empleados afiliados a la Caja de
Jubilaciones y Pensiones Bancarias, sin perjuicio de las modificaciones
al mismo establecidas en la presente ley para los referidos afiliados. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 11/003 de 14/01/2003.