REGULACION DEL PLAN NACIONAL DE EMERGENCIA SOCIAL




Promulgación: 20/05/2005
Publicación: 25/05/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 821
Reglamentada por: Decreto Nº 176/005 de 23/05/2005.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 (Plan de Atención).- Para la atención de la emergencia referida en el
artículo anterior se establece el Plan de Atención Nacional de la
Emergencia Social cuya vigencia se estima en dos años a partir de la
promulgación de la presente ley, y que está compuesto sustancialmente por
los siguientes programas:

- Plan Alimentario Nacional (PAN)
- Programa Emergencia Sanitaria
- Programa de Ingreso Ciudadano
- Programa Educación en Contextos Críticos
- Programa Empleo Transitorio
- Programa Asentamientos Precarios y Pensiones
- Programa Alojamiento a las Personas en Situación de Calle

Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo
Social, a desarrollar las acciones necesarias para el cumplimiento,
instrumentación, ejecución, coordinación y evaluación de los programas
mencionados.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 11.
Referencias al artículo
Ayuda