(Ingreso ciudadano).- El Programa de Ingreso Ciudadano se
aplicará durante el plazo de vigencia del Plan de Atención Nacional de
la Emergencia Social y abarcará a quienes se encuentren en las
condiciones previstas en los artículos siguientes. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.046 de 24/10/2006 artículo 108.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.869 de 20/05/2005 artículo 3.