(Abuso de posición dominante).- A efectos de lo previsto en el artículo
2º de la presente ley se entiende que uno o varios agentes gozan de una
posición dominante en el mercado cuando pueden afectar sustancialmente
las variables relevantes de éste, con prescindencia de las conductas de
sus competidores, compradores, o proveedores.
Se considera que existe abuso de posición dominante cuando el o los
agentes que se encuentran en tal situación actúan de manera indebida, con
el fin de obtener ventajas o causar perjuicios a otros, los que no
hubieran sido posibles de no existir tal posición de dominio.