APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2006




Promulgación: 31/08/2007
Publicación: 07/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 489
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 06 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 166

 Asígnase al Inciso 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores" una partida
anual de $ 15:872.650 (quince millones ochocientos setenta y dos mil
seiscientos cincuenta pesos uruguayos) con cargo a la Financiación 1.1
"Rentas Generales" para financiar una compensación especial mensual sujeta
a Montepío, destinada a los funcionarios pertenecientes al escalafón M
"Servicio Exterior" y al escalafón R "Personal no incluido en otros
escalafones", que se encuentren cumpliendo funciones en la Cancillería.

(*)

 El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición. (*)

(*)Notas:
Inciso 2º) derogado/s por: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 195.
Reglamentado por:
      Decreto Nº 802/008 de 29/12/2008,
      Decreto Nº 43/008 de 24/01/2008.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 166.
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