(Carencias críticas).- La determinación de carencia de recursos tomará en cuenta los siguientes factores: ingresos del hogar, condiciones
habitacionales y del entorno, composición del hogar, características de sus integrantes y situación sanitaria, conforme a criterios que disponga en la reglamentación el Poder Ejecutivo. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.130 de 02/05/2023 artículo 159.
Ver vigencia: Ley Nº 20.130 de 02/05/2023 artículo 6.
Reglamentado por: Decreto Nº 232/023 de 31/07/2023.
Ver en esta norma, artículo:5.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.241 de 27/12/2007 artículo 3.