(De los locales feria y exposiciones).- Los locales ferias y exposiciones
están obligados a proveer de productos garrapaticidas aprobados por la
Dirección General de Servicios Ganaderos a través de sus dependencias
competentes, para el tratamiento del ganado a los efectos del cumplimiento
de la presente ley.
En las zonas de control o en erradicación, dichos locales deberán poseer
infraestructura autorizada por los servicios oficiales competentes para un
adecuado tratamiento.