LEY DE EMERGENCIA CARCELARIA




Promulgación: 15/07/2010
Publicación: 26/07/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 303

Artículo 2

 Autorízase, con carácter extraordinario y hasta el 31 de diciembre del
año 2012, salvo que se encuentren disponibles antes los centros
penitenciarios con capacidad para albergar la totalidad de los reclusos, a
alojar a éstos en instalaciones militares, bajo la custodia interna del
Ministerio del Interior y externa del Ministerio de Defensa Nacional.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
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