Créase una Comisión de Contralor integrada por un representante del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y un representante de cada una
de las empresas que participen en el Fondo, los que serán designados por
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas a propuesta de cada una de
las empresas.
Encomiéndase a esta Comisión, el contralor que asegure el cumplimiento de
los objetivos y de las obligaciones del presente y la recomendación para
la aplicación de las sanciones establecidas seguidamente.
La Comisión deberá informar periódicamente a todas las partes interesadas,
el estado de situación del Fondo.