(Sanciones por incumplimientos).- Los incumplimientos a las obligaciones
establecidas en los plazos previstos serán sancionados por la Comisión
Administradora del Fondo de Cesantía y Retiro, con las siguientes multas:
A) La omisión de inscribirse en plazo será sancionada con una multa
equivalente a 1 UR (una unidad reajustable).
B) La omisión de presentar la declaración jurada en forma será
sancionada con una multa equivalente a 2 UR (dos unidades
reajustables).
C) La omisión de comunicar el cierre de la actividad será sancionada
con una multa equivalente a 1 UR (una unidad reajustable).