(Fraccionamiento de operaciones o pagos).- Para determinar los montos establecidos en los artículos precedentes del presente Capítulo, se sumarán los importes de todos los pagos en que se haya fraccionado la operación o negocio jurídico, de acuerdo a los criterios que establezca
la reglamentación. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.478 de 05/01/2017 artículo 10.
Ver en esta norma, artículo:46.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.210 de 29/04/2014 artículo 37.