TIPIFICACION DE DELITOS Y MODIFICACION DEL CODIGO PENAL




Promulgación: 15/08/2014
Publicación: 27/08/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 218
Reglamentada por:
      Decreto Nº 345/020 de 18/12/2020,
      Decreto Nº 377/016 Derogada/o de 05/12/2016.
Referencias a toda la norma

Artículo 10

 (Tenencia no autorizada).- El que fuera de las conductas previstas en el
artículo precedente, y más allá del plazo previsto en el artículo 6°
tuviere armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales
relacionados sin la debida autorización, será castigado con una multa de
10 UR (diez unidades reajustables) a 1.000 UR (mil unidades reajustables).
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