Reglamentada por: Decreto Nº 345/020 de 18/12/2020, Decreto Nº 377/016 de 05/12/2016.
(Compraventa entre particulares).- La compraventa de armas de fuego entre particulares, deberá inscribirse en el Registro Nacional de Armas del Ministerio de Defensa Nacional y cumplir con los requisitos que establezca la reglamentación.