APROBACION DEL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA




Promulgación: 23/12/2016
Publicación: 05/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO XI - GARANTÍAS DE LOS FUNCIONARIOS

Artículo 32

   Ningún sumario ni investigación administrativa sobre irregularidades, omisiones o delitos se considerará concluido mientras el funcionario inculpado no pueda presentar sus descargos y articular su defensa. La notoriedad objetiva del hecho imputado no exime a la autoridad respectiva de dar al interesado la oportunidad de presentar prueba de descargo sobre los aspectos objetivos o subjetivos del caso y de articular su defensa, aduciendo circunstancias atenuantes de responsabilidad o causa de justificación u otras razones. (*)


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 50 (vigencia).
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