El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 236/025 de 10/11/2025.
CAPÍTULO 1 - RÉGIMEN ESPECIAL DE COMERCIO DE FRONTERA
Artículo 5
El Poder Ejecutivo determinará la extensión y límites de las zonas fronterizas, las que estarán ubicadas en un radio de hasta 60 (sesenta) kilómetros de los pasos de frontera terrestre, pudiendo limitar su alcance a determinadas zonas geográficas dentro de dicho radio.