El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 236/025 de 10/11/2025.
CAPÍTULO 2 - EXONERACIÓN DE APORTES JUBILATORIOS PATRONALES A NUEVOS EMPLEOS
Artículo 7
Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar hasta el 75% (setenta y cinco por ciento) de los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social a las empresas que cumplan simultáneamente con las siguientes condiciones:
A) Su giro principal sea industria manufacturera, comercio al por menor,
minería, alojamiento y servicios de comida, actividades
administrativas y servicios de apoyo, artes, entretenimiento y
recreación, u otras actividades de servicio.
B) Desarrollen su actividad en un radio máximo de 60 (sesenta) kilómetros
de los pasos de frontera terrestre.