Ver vigencia:
Decreto Ley Nº 15.005 de 30/04/1980 artículo 4,
Decreto Ley Nº 14.725 de 09/11/1977,
Decreto Ley Nº 14.630 de 09/03/1977 artículo 1.
Atención consultar:Constitución de la República Oriental del Uruguay
vigente (posibles modificaciones y derogaciones tácitas) .
CAPITULO VIII
Archivos departamentales SECCION III
De la organización de los Archivos Electorales
Artículo 71
El Registro Domiciliario comprende el conjunto de los nombres y domicilios de las personas que hayan obtenido o tramiten su incorporación al Registro Cívico del Departamento, agrupados en la forma que establece el artículo 61.
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Ley Nº 14.889 de 04/05/1979 artículo 1 (suprime los
Registros Domiciliarios Departamentales).