PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 05/01/1933
Publicación: 13/01/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 17
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   El importe de las amortizaciones suspendidas de las deudas internas a cargo de los entes autónomos, se verterá en Rentas Generales. (*)

(*)Notas:
Ver vigencia:
      Ley Nº 9.639 de 31/12/1936 artículo 4,
      Ley Nº 9.538 de 31/12/1935 artículo 21,
      Ley Nº 9.460 de 31/01/1935 artículo 52.
Ver en esta norma, artículo: 9.
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