DETERMINACION DE DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS RELATIVAS A LA OPCION DE TRIBUTACION DE IRNR O IRPF PARA RESIDENTES FISCALES, PREVISTA EN EL ART. 6° BIS DEL TITULO 7 DEL TO 1996




Promulgación: 30/12/2020
Publicación: 04/01/2021
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

3

   Contribuyentes que ya habían optado en 2020.- Quienes se encuentren
   comprendidos en el penúltimo inciso del artículo 5° Quáter del Decreto
   N° 148/007, de 26 de abril de 2007, y pretendan ampararse a una de las
   opciones previstas en el inciso tercero del artículo 6° Bis del Título
   7 del Texto Ordenado 1996, a partir del ejercicio fiscal 2020, con
   relación al mismo, deberán cumplir las mismas formalidades
   establecidas en el numeral 2°) de la presente Resolución. 

(*)Notas:
Ver en esta norma, numerales: 4 y 5.
Ayuda