El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Transitorio.- Los contribuyentes dispondrán de plazo hasta el mes de
abril de 2024, conforme a las fechas previstas en el cuadro general de
vencimientos para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias;
para presentar las declaraciones juradas a que refieren los numerales
4° y 5° de la presente resolución, correspondientes a ejercicios
finalizados con anterioridad al 31 de diciembre de 2023. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución DGI Nº 863/024 de 23/04/2024 numeral 1.