Aprobado/a por: Resolución Nº 307/026 de 27/07/2026.
   Artículo 6.- La reglamentación que se aprueba por el numeral 5°, sustituye en su totalidad al LAR 141 Enmienda 14, Segunda Edición, febrero 2025. (*)

(*)Notas:
Ver Reglamento sustituído: Resolución DINACIA Nº 320/025 de 21/07/2025 
artículo 11.
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