Aprobado/a por: Resolución Nº 45/021 de 02/02/2021 numeral 1.
   Artículo 4.- El presente LAR 211, PRIMERA EDICIÓN, Enmienda 2, Agosto 2020, "Gestion del Tránsito Aéreo", armonizado a la República Oriental del Uruguay, que se aprueba, sustituye en su totalidad al LAR 211, PRIMERA EDICIÓN, Noviembre 2016, Gestión del tránsito aéreo, armonizado, República Oriental del Uruguay, aprobado por Resolución N° 527 - 2017 de 20 diciembre de 2017.

(*)Notas:
Ver Reglamento sustituído: Resolución DINACIA Nº 527/017 de 20/12/2017 
artículo 1.
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