Aprobado/a por: Resolución Nº 516/023 de 12/09/2023.
Artículo 5.- La reglamentación que se aprueba por el numeral 4°, sustituye en su totalidad a la ENMIENDA 2, Segunda Edición, noviembre 2018, LAR 23.
(*)Notas:
Ver Reglamento sustituído: Resolución DINACIA Nº 381/019 de 07/08/2019 artículo 6.Ayuda