Visto: el Decreto Nº 353/996, de 5 de setiembre de 1996.
Resultando: que por el mismo se le comete al Ministerio de Economía y
Finanzas el cumplimiento de diversas acciones y procedimientos.
Considerando: que corresponde definir el alcance de los procedimientos
aplicables y designar las Unidades Ejecutoras dependientes de esta
Secretaría de Estado que tendrán a cargo su ejecución.
Atento: a lo expuesto,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
1
Cométese a la Dirección General Impositiva la ejecución de los
controles inspectivos a que se hace referencia en el artículo 6º del
Decreto Nº 353/996. (*)