INCORPORACION A LA RESOLUCION DE FECHA 5 DE ABRIL DE 1978 VARIOS PRODUCTOS CHACINADOS




Promulgación: 31/07/1978
Publicación: 07/08/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 200
 Visto: la solicitud de la firma Montseny S.A. para que se incluya en la
resolución de 5 de abril de 1978 varios productos chacinados de su
elaboración.

 Resultando: I) Que por dicha resolución se otorgó un reintegro del trece
por ciento (13%) a diversos productos chacinados elaborados con carnes y
subproductos nacionales;

II) que los nuevos productos a incluir fueron declarados de exportación no
tradicional por el decreto 240/978, de 3 de mayo de 1978, por presentar
características similares a los amparados por la resolución de 5 de abril
de 1978.

 Considerando: que corresponde conceder a estos productos el mismo
tratamiento establecido por resolución de 5 de abril de 1978.

 De conformidad: con lo informado por la Comisión Asesora de Reintegros.

 Atento:  a lo dispuesto por la ley 13.268, de 9 de julio de 1964, su
decreto reglamentario 403/964, de 6 de octubre de 1964, el artículo 164º
de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967 y el decreto 240/978, de 3 de
mayo de 1978,

                              SE RESUELVE:

1

Incorporar a la resolución de 5 de abril de 1978 los productos denominados
en la Reglamentación Técnica anexa, que se considera formando parte de la
presente resolución, cuando sean elaborados con carnes y subproductos
nacionales. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.
Referencias al numeral

LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI
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