Resolución
Se dispone la publicación del Arancel y actualización respectiva que regirá para los Profesionales Universitarios que ampara el Colegio de Doctores en Ciencias Económicas y Contadores del Uruguay a partir del 1°
de febrero de 1985.
Ministerio de Justicia
Montevideo, 22 de febrero de 1985.
Visto: las presentes actuaciones administrativas.
Resultando: I) Que por las mismas, dandose cumplimiento a l establecido por el artículo 2° del decreto 405/980 de fecha 20 de mayo de 1980, el Consejo Directivo del Colegio de Doctores en Ciencias Económicas y Contadores del Uruguay, comunica a esta Secretaría del estado, el arancel que regirá para los Profesionales Universitarios que ampara ese Colegio, a partir del 1° de febrero de 1985, adjuntando el correspondiente ejemplar,
II) Que asimismo, se solicita la publicación en el Diario Oficial, referido Arancel y su actualización, a efectos de su vigencia oficial.
Considerando: que es pertinente acceder a lo solicitado.
Atento: a lo precedentemente expusto, y a lo dispuesto por el artículo 3° del decreto 405/980 de fecha 20 de mayo de 1980,
EL Ministero de Justicia
RESUELVE:
1
Publíquese en el Diario Oficial el Arancel y actualización respectiva, que regirá para los Profesionales Universitarios que ampara el Colegio de Doctores en Ciencias Económicas y Contadores del Uruguay, a partir del
1° de febrero de 1985 y la presente resolución.