La solicitud referida en el ordinal anterior, deberá ser presentada
conjuntamente con un proyecto de planta de tratamiento, que permita a cada
establecimiento dar cumplimiento al Decreto 253/979, de 9 de mayo de 1979
y sus modificativos, con los siguientes agregados y modificaciones a los
estándares de vertido:
a) Para desagües directos a cursos de agua
Parámetro Estándar
Nitrógeno Kjeldahl (N orgánico+N 10 mg N/L
amoniacal)
Nitrato 20 mg N/L
b) Para desagües a colector del alcantarillado público
Parámetro Estándar
Nitrógeno Kjeldahl (N orgánico+N 50 mg N/L
amoniacal)
Fósforo total 10 mg P/L
c) Para desagües que se disponen por infiltración al terreno
Parámetro Estándar
Carga orgánica 50 kg DBO5/há/día
Fósforo Bray en suelo < 31 ppm
Distancia del vertido al curso o > 50 m de
cuerpo de agua permanente la línea de ribera
Distancia del vertido a pozos de >100 m
agua subterránea