Resolución 235/991
Autoriza delegación de atribuciones en ordenadores secundarios.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Defensa Nacional.
Ministerio de Educación y Cultura.
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ministerio de Industria, Energía y Minería.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio de Salud Pública.
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Ministerio de Turismo.
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente.
Montevideo, 12 de abril de 1991
Visto: la conveniencia de descongestionar la labor del Poder Ejecutivo.
Resultando: que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 del
Texto Ordenado C.A.F. aprobado por decreto del Poder Ejecutivo 95/991 de
26 de febrero de 1991 es competencia del Poder Ejecutivo determinar los
ordenadores secundarios a que se refieren los literales b) y c) del
artículo 29 del mismo.
Considerando: que notorias razones de buena administración,
principalmente la necesidad de lograr una mayor agilitación y eficiencia
en las funciones del Poder Ejecutivo, aconsejan utilizar la facultad
delegatoria en los Ministros o quienes hagan sus veces.
Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en los artículos
168 numeral 24 y 160 de la Constitución de la República y a lo aconsejado
en el marco del Programa Nacional de Desburocratización.
El Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros,
RESUELVE:
Deléganse en los Ministros del ramo o en quienes hagan sus veces, en
sus respectivas carteras, las atribuciones del Poder Ejecutivo concernientes a la determinación de los ordenadores secundarios a que se refieren los literales b) y c) del artículo 29 del Texto Ordenado C.A.F.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior el Poder
Ejecutivo podrá avocar las atribuciones delegadas, como asimismo el
Ministerio delegado someterlas a consideración de este Poder.
Los Ministros enviarán a la Secretaría de la Presidencia de la
República, copia de las resoluciones que se dicten en ejercicio de las
atribuciones delegadas, dentro de las cuarenta y ocho horas.
LACALLE HERRERA.- JUAN ANDRES RAMIREZ.- EDUARDO MEZZERA.- CARLOS A. CAT.-
MARIANO R. BRITO.- WILSON ELSO GOÑI.- GUSTAVO CERSOSIMO.- ALFREDO SOLARI.-
ALVARO RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ.- RAUL LAGO.