Resolución 9/005
Apruébase en los términos del Artículo 2do. del Decreto del Poder
Ejecutivo 1124/941, la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica 263/03, por la cual se prorrogó el
plazo previsto en la parte dispositiva de la Resolución del Poder
Ejecutivo 62/997.
(70*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Montevideo, 11 de Enero de 2005
VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
-Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica- para
que se apruebe la Resolución de la mencionada Dirección 263/03 de 3 de
octubre de 2003.-
RESULTANDO: I) que por la mencionada Resolución se prorrogó el plazo
previsto por el numeral 4to. de la parte dispositiva de la Resolución del
Poder Ejecutivo 62/997 de 4 de febrero de 1997, por 180 (ciento ochenta)
días debiendo computarse dicho plazo a partir de la notificación de ésta,
respecto del reinicio de las operaciones autorizadas a la empresa Trans
América S.A.-
II) que las tarifas propuestas tienden a adecuar los servicios ofrecidos
a las actuales necesidades del mercado a que sirven.-
CONSIDERANDO: que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el
artículo 2do. del Decreto 1124/941 de 4 de junio de 1941.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Comisión Nacional
de Política Aeronáutica y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Apruébase en los términos del artículo 2do. del Decreto del Poder
Ejecutivo 1124/941 de 4 de junio de 1941, la Resolución de la Dirección
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica 263/03 de 3 de
octubre de 2003, por la cual se prorrogó el plazo previsto por el numeral
4to. de la parte dispositiva de la Resolución del Poder Ejecutivo 62/997
de 4 de febrero de 1997, por ciento ochenta (180) días debiendo
computarse dicho plazo a partir de la notificación de la misma.-
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea, a
sus efectos. Cumplido, archívese.-
BATLLE, ELIAS BLUTH, ALVARO ROSSA, GABRIEL PAIS.
RESOLUCION Nº 263/03
DIRECCION NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA
Montevideo, 3 de Octubre de 2003
VISTO: La solicitud presentada por la empresa TRANSAMERICA S.A. para que
se prorrogue el plazo previsto por el numeral 4 de la parte dispositiva
de la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 62/1997 de 4 de febrero de 1997.
RESULTANDO: Que por diversas razones la empresa se vio obligada a
suspender sus vuelos.
CONSIDERANDO: I) Que se entienden de recibo los motivos expuestos por la
empresa y en consecuencia por justificada la prórroga que se gestiona.
II) Que existen en el caso circunstancias que ameritan otorgar la
prórroga solicitada al amparo de lo dispuesto por el artículo 2º del
Decreto del Poder Ejecutivo 1124/41 del 4 de junio de 1941.
ATENTO: A lo informado por la Dirección Transporte Aéreo Comercial, a lo
dispuesto por el art. 106 del Código Aeronaútico de 29 de noviembre de
1974 y Decreto 21/99 de 26 de enero de 1999 y a lo recomendado por la
Comisión Nacional de Política Aeronáutica en su sesión 484 de 22 de julio
de 2003.
EL DIRECTOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA
RESUELVE:
1 - PRORROGASE al amparo de lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto
del Poder Ejecutivo 1124/41 de 4 de junio de 1941 el plazo previsto por
el numeral 4 de la parte dispositiva de la Resolución del Poder Ejecutivo
Nº 62/1997 de 4 de febrero de 1997 por ciento ochenta (180) días debiendo
computarse dicho plazo a partir de la notificación de ésta.
2 - Esta dispensa es precaria y revocable.
3 - Notifíquese a la empresa TRANSAMERICA S.A., tomen conocimiento la
Dirección Transporte Aéreo Comercial, División Seguridad Operacional y
Asesoría Letrada.
EL DIRECTOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA
BRIG. GRAL (AV.) ENRIQUE A. BONELLI.