VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
para la aprobación del Memorándum de Entendimiento suscrito el 22 y 26 de
mayo de 2003 entre la Fuerza Aérea Argentina y la Fuerza Aérea Uruguaya
respectivamente.-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 23 de
octubre de 2001 (número interno 1516/001), se homologó en todas sus
partes el Memorándum de Entendimiento suscrito el 4 de mayo de 2001 entre
ambas Fuerzas Aéreas.-
II) que un nuevo Memorándum de Entendimiento fue suscrito el 22 y 26 de
mayo de 2003 modificando el anteriormente mencionado, siendo el mismo de
interés para el cumplimiento de su objeto, el que consiste en regular y
facilitar las condiciones de sobrevuelo y/o aterrizaje y/o acuatizaje de
aeronaves militares pertenecientes a una Fuerza Aérea en el espacio aéreo
de jurisdicción de la otra Fuerza (según la reglamentación interna
vigente de cada país) sobre la base del principio de cooperación y
reciprocidad.-
III) el citado Memorándum es aplicable a las aeronaves militares que
realizan vuelos de transporte con fines pacíficos, tales como transporte
de pasajeros, apoyo logístico, misiones sanitarias, no quedando
comprendidos en el mismo las aeronaves de combate.-
IV) que es aplicable a las aeronaves militares que realizan vuelos de
transporte con fines pacíficos tales como transporte de pasajeros, apoyo
logístico, misiones sanitarias, no quedando comprendidas las aeronaves de
combate.-
CONSIDERANDO: I) que la homologación del mismo resulta beneficiosa para
las partes celebrantes.-
II) que es necesario dejar sin efecto el Convenio anterior.-
III) que una vez homologado corresponde remitirlo a la Asamblea General,
dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 85 de la Constitución
de la República.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea y por la Asesoría Notarial del Ministerio de
Defensa Nacional; a lo dispuesto por el Decreto 34/993 de 25 de enero de
1993 y por la Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 24.960 de 21
de octubre de 1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Homológase, en todas sus partes, el Memorándum de Entendimiento suscrito
el 22 y 26 de mayo de 2003 entre la Fuerza Aérea Argentina y la Fuerza
Aérea Uruguaya respectivamente, en los términos que luce a fojas 31 y 32
del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional número
2003.03575-4 que se considera parte integrante de la presente
Resolución.- (*)