Autorízase a la empresa RONDILCOR S.A. a usufructuar el beneficio
previsto en el artículo 3º inciso b) del Decreto 124/001, exoneración del
Impuesto al Valor Agregado a las importaciones de bienes destinados a las
construcciones (infraestructura y obra civil), cuyo listado obra anexo a la presente, por hasta un monto imponible de U$S 752.223 (dólares americanos setecientos cincuenta y dos mil doscientos veintitrés). (*)
(*)Notas:
Ver:Texto/imagen (listado).
Ver en esta norma, numeral:9.