Fíjense para las operaciones de exportación hacia la República Oriental
del Uruguay de aceite comestible de origen vegetal compuesto por mezclas
de aceites puros refinados y envasados, originarias de la República
Argentina, las que se despachan a plaza por la posición arancelaria de la
Nomenclatura Común del MERCOSUR NCM 1517.90.10.00, un derecho específico
de U$S 0,136 (trece con seis centavos de dólar estadounidense) por litro
para la firma productora-exportadora Aceitera General Deheza SA,. y para
el resto de los exportadores argentinos un derecho específico de U$S
0,136 (trece con seis centavos de dólar estadounidense) por litro.- (*)