DECLARACION DE INTERES NACIONAL. ACTIVIDAD DE CONSTRUCCION DE CENTROS CAIF Y ESCUELAS. PROYECTO 3 INAU - CENTROS CAIF; ANEP - ESCUELAS"




Promulgación: 22/03/2018
Publicación: 03/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo dispuesto por la Ley N° 18.786 de 19 de julio de 2011, y por el Decreto N° 45/013 de 6 de febrero de 2013.

   RESULTANDO: I) que la Ley citada regula el régimen de los Contratos de Participación Público - Privada.

   II) que el Decreto N° 45/013 de 6 de febrero de 2013, establece que los proyectos amparados en la mencionada Ley, acceden a los beneficios fiscales previstos en la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, siempre que se cuente con asesoramiento previo de la Comisión de Aplicación (COMAP), y que se hayan previsto en el pliego de condiciones de la licitación correspondiente.

   CONSIDERANDO: I) que con fecha 4 de noviembre de 2015, la Administración Nacional de Educación Pública y el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, manifestaron a través del Expediente 2015-25-01-007409, la intención de utilizar el mecanismo de Participación Público-Privada para realización del "Proyecto de Infraestructura Educativa" que implica la construcción de 165 (ciento sesenta y cinco) centros educativos y 60 (sesenta) centros de atención a la infancia y la familia.

   II) que el referido proyecto se realizará en varias etapas, siendo la tercera de ellas, el "Proyecto 3 INAU- Centros CAIF; ANEP-Escuelas", que implicará la construcción de 27 (veintisiete) centros CAIF y 15 (quince) escuelas.

   III) que es conveniente otorgar al "Proyecto 3 INAU-Centros CAIF; ANEP- Escuelas", aquellos beneficios tributarios que coadyuven a su realización, en mérito a su importancia para el mejoramiento del sistema educativo.

   ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 18.786 de 19 de julio de 2011, y por el Decreto N° 45/013 de 6 de febrero de 2013, así como a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, y a que se cuenta con el dictamen favorable de la Comisión de Aplicación, 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Declárase promovida de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, la actividad de construcción de 27 (veintisiete) centros CAIF y 15 (quince) escuelas, en el marco del "Proyecto 3 INAU- Centros CAIF; ANEP- Escuelas" a ejecutarse a través de un Contrato de Participación Público- Privada.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numerales: 2, 3, 4, 5 y 6.

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